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Si te está pasando ahora

¿Pueden dejarme la cuenta del banco a cero?

No, si en esa cuenta cobras tu nómina o pensión: la parte protegida del sueldo (el salario mínimo y la escala por tramos) sigue protegida cuando el dinero llega al banco.

Revisado por el área concursal · Agosto de 2026

¿Cómo funciona un embargo de cuenta?

El juzgado (o Hacienda) envía al banco una orden de retención por el importe embargado, y la entidad debe cumplirla en el momento de recibirla. Por eso el dinero aparece retenido de un día para otro sin previo aviso del banco.

Fuente: Art. 621.2 LEC

Cobro mi nómina en esa cuenta, ¿pueden llevársela entera?

No. Los límites del embargo de sueldos (salario mínimo inembargable y escala por tramos) se aplican también sobre lo que entra en la cuenta como nómina o pensión ese mes. La ley tributaria lo dice expresamente para los embargos de Hacienda.

Fuente: Art. 607 LEC; art. 171.3 LGT

¿Y el dinero ahorrado de meses anteriores?

La protección alcanza el importe ingresado como sueldo o pensión en el mes del embargo (o el anterior). El remanente acumulado de otros meses puede embargarse —otro motivo para no esperar a que el problema crezca—.

Fuente: Art. 171.3 LGT

La cuenta es compartida, ¿embargan todo el saldo?

Solo la parte que corresponde al deudor: en las cuentas de varios titulares el saldo se presume dividido a partes iguales, salvo que se pruebe otra cosa.

Fuente: Art. 171.2 LGT

¿Hay cosas que no pueden embargarme nunca?

Sí: la ley declara absolutamente inembargables ciertos bienes, y protege el mobiliario, el menaje de la casa y lo imprescindible para vivir y trabajar. Y declarado el concurso, las ejecuciones en curso quedan en general suspendidas.

Fuente: Arts. 605 y 606 LEC; arts. 142 y ss. TRLC

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