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La salida

¿Cuándo prescribe una deuda?

La regla general es 5 años, pero hay letra pequeña: cada reclamación del acreedor —incluso un burofax— reinicia el contador desde cero. Por eso esperar a que una deuda prescriba casi nunca funciona.

Revisado por el área concursal · Agosto de 2026

¿Qué plazos de prescripción hay?

Las deudas personales sin plazo especial (préstamos, tarjetas, facturas) prescriben a los 5 años, igual que los alquileres y los pagos periódicos. La acción hipotecaria, en cambio, dura 20 años.

Fuente: Arts. 1964 y 1966 Código Civil

¿Por qué casi ninguna deuda prescribe de verdad?

Porque la prescripción se interrumpe con cualquier reclamación judicial o extrajudicial del acreedor, y también si tú reconoces la deuda (un pago parcial, un acuerdo…). Cada interrupción reinicia los 5 años, y los acreedores profesionales reclaman puntualmente para no dejarla morir.

Fuente: Art. 1973 Código Civil

Mi deuda es muy vieja, ¿puede haber prescrito?

Es posible, pero la prescripción no opera sola: hay que oponerla cuando te reclaman, y depende de cuándo fue la última interrupción. Merece que un abogado revise las fechas y las comunicaciones antes de pagar o de firmar nada.

Fuente: Arts. 1964 y 1973 Código Civil

¿Esperar a que prescriba o cancelarla legalmente?

Esperar tiene coste: mientras tanto crecen los intereses, sigues en los ficheros de morosidad y pueden embargarte. La Ley de Segunda Oportunidad cancela las deudas que no puedes pagar sin depender de que el acreedor se olvide —que no se olvidará—.

Fuente: TRLC arts. 486 y ss.

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